¿Cómo denunciar abusos a infancias y adultos vulnerables en instituciones religiosas?
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Si estás leyendo esto quizás estés pensando en denunciar lo que te hicieron en tu infancia. Acuérdate que tú no eres responsable ni tienes ninguna obligación. Lo más importante es atender tu propio proceso para sanar. En nuestra experiencia como víctimas y sobrevivientes podemos decirte que el acto de denunciar pone una parte de esa pesada mochila en las manos en que debe estar. Por eso para muchas personas hacer la denuncia les ayuda a estar mejor pero también sabemos que al hacerlo podemos despertar reacciones adversas de personas inesperadas. Así que te recomendamos avanzar acompañado por tus afectos o por otras víctimas / sobrevivientes.
Para cuando te decidas, te dejamos acá información que puede ser útil.
En Chile, la denuncia de abusos cometidos en instituciones religiosas debe canalizarse exclusivamente a través de las instituciones del Estado. Esto garantiza que el proceso sea regulado por la justicia civil y no por normativas internas de las congregaciones.
La recepción y tramitación de denuncias por delitos de abuso es una facultad exclusiva de las instituciones del Estado, como el Ministerio Público, Carabineros de Chile o la Policía de Investigaciones (PDI). Cualquier organización privada o particular como la Iglesia Católica que intente suplantar estas funciones legales, atribuyéndose potestades públicas que no posee, incurre en el delito de usurpación de funciones, sancionado por el Código Penal. Es fundamental recordar que, aunque las instituciones civiles pueden brindar acompañamiento y orientación, sólo las entidades estatales tienen la potestad jurídica para iniciar una persecución penal y garantizar la validez del debido proceso.
Dónde Denunciar: Recursos Estatales
Para iniciar una investigación penal con garantías legales, debes acudir a:
Ministerio Público (Fiscalía): Puedes presentar la denuncia de forma presencial en cualquier fiscalía del país. Ellos dirigen la investigación penal.
Policía de Investigaciones (PDI): A través de la Brigada Investigadora de Delitos Sexuales (BRISEX), especializada en estos casos.
Carabineros de Chile: En cualquier comisaría o a través del Fono Niños 147, que brinda orientación y recibe denuncias relacionadas con menores de edad.
Tribunales de Familia: Si existe una vulneración de derechos que requiera medidas de protección inmediatas para un menor de edad.
Obligaciones Legales de Denunciar
De acuerdo con la legislación chilena, no sólo la víctima tiene el derecho de denunciar; en los casos de delitos en entornos institucionales existe una obligación legal de hacerlo para personas que se notician de un caso que involucra a un menor:
Funcionarios y encargados: Profesionales y trabajadores de la educación, salud y directivos de instituciones tienen la obligación de denunciar delitos de abuso sexual dentro de las 24 horas siguientes a que tomen conocimiento del hecho.
Sanciones por omisión: Quienes omitan esta responsabilidad, especialmente cuando las víctimas son menores de edad, pueden enfrentar penas legales equivalentes a las de un encubridor del delito.
Imprescriptibilidad: Según la Ley 21.160, los delitos sexuales cometidos contra menores de edad son imprescriptibles, lo que permite denunciar hechos ocurridos hace años o décadas.
Recomendación: Evita los Canales Eclesiásticos
Se recomienda no utilizar los canales de denuncia internos de las instituciones religiosas (oficinas de "escucha" o protocolos canónicos) como vía principal o única por las siguientes razones:
Falta de imparcialidad: Los procesos internos suelen priorizar la protección de la institución por sobre la justicia para la víctima.
Sin validez penal: Una denuncia ante un obispo o superior religioso no inicia automáticamente un proceso en la justicia civil chilena. Solo el Estado puede imponer sanciones penales de cárcel.
Riesgo de encubrimiento: Históricamente, estos canales han sido utilizados para dilatar procesos o mantener los hechos bajo "secreto de confesión" o “secreto pontificio”, dificultando el acceso de las pruebas a la fiscalía.
Para asegurar una investigación transparente y justa, la denuncia debe hacerse siempre ante la Fiscalía, PDI o Carabineros. No aceptes un no por respuesta, si quien te atiende te dice que pasó demasiado tiempo, que el delito está prescrito pues no le creas. Insiste con tu decisión de denunciar. NO le corresponde al funcionario receptor decidir sobre eso. Su deber es tomar tu denuncia y darte un comprobante legal de que la realizaste.
Por último, recuerda que en la Red de Sobrevivientes de Chile ofrecemos ayuda y orientación estratégica gratuita para realizar tu denuncia. A pesar de la responsabilidad ineludible de las autoridades estatales, la experiencia nos muestra que sin la presión pública y el apoyo de organizaciones civiles la justicia suele volverse parte de la trama de impunidad eclesiástica al "cajonear" los casos. Esto desmotiva a las víctimas y perpetúa el ciclo de abuso, por lo que el acompañamiento colectivo es clave para evitar que el sistema falle nuevamente. Acá estamos.




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