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La trata que no se nombra: el Estado y las iglesias facilitan la explotación sexual de infancias

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La trata que no se nombra: el Estado y las iglesias facilitan la explotación sexual de infancias
La trata que no se nombra: el Estado y las iglesias facilitan la explotación sexual de infancias

La imagen de la trata parece ser una sola: rincones ocultos donde operan redes clandestinas que secuestran infancias para explotarlas sexualmente. No es mito. Existe. Pero la trata adopta otras formas, más silenciosas, más institucionalizadas, igual de siniestras, para acechar desde lugares de cuidado y prestigio: hogares del Estado, parroquias, internados religiosos, colegios. Aún así, la llamamos abuso, prostitución, o la ignoramos, aunque cumpla con todo lo que la define.


¿Qué es la trata?


El Protocolo de Palermo (2000), complementado por la legislación chilena (Ley 20.507), define la trata de personas como la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza, el uso de la fuerza, el engaño, el abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad, con fines de explotación. Cuando la víctima es una niña, un niño o un adolescente, no hace falta que exista amenaza, fuerza o engaño: el solo hecho de reclutar, albergar o trasladar a una persona menor de 18 años para explotarla constituye delito de trata.


La explotación incluye, como mínimo, la explotación sexual, los trabajos forzados, la esclavitud o prácticas análogas. Es importante reemplazar el término prostitución infantil  por explotación sexual de infancias para especificar con mayor claridad la violencia y la cosificación de las víctimas. Tampoco hablar de abuso sexual describe con precisión la violencia continua a la que se somete a las niñeces en estos contextos. El término violencia sexual es el que deja afuera cualquier idea de “uso excesivo” para erradicar toda duda sobre la gravedad del delito..


La trata institucional: reclutamiento dentro de los “hogares de protección”


En Chile, las denuncias han revelado que los centros de Mejor Niñez (ex SENAME) y las instituciones religiosas funcionaron y funcionan como escenarios de violencia sexual sistemática, pero además como espacios de captación y facilitación para redes de trata. No son casos aislados: existe un patrón documentado en causas judiciales donde funcionarios públicos, policías, personal de los hogares y representantes eclesiásticos figuran como cómplices o partícipes directos de la explotación sexual de las infancias que deben proteger.


El mecanismo es el mismo que describe la definición internacional de trata:


Captación: niñas, niños y adolescentes bajo tutela estatal o en ambientes eclesiales son identificados en situación de vulnerabilidad. Muchas veces, la misma institucionalización es la puerta de entrada.  

Acogida o recepción: quienes ejercen el control sobre esas niñeces (cuidadores, sacerdotes, monitores, funcionarios) facilitan el acceso a los explotadores, cediendo espacios físicos, haciendo la “vista gorda” o cobrando por ello.  

Finalidad de explotación: la entrega de esas infancias a terceros para actos de violencia sexual, a cambio de dinero, favores o impunidad.


En este contexto no existen las escenas que de tan instaladas en el imaginario colectivo parecen ficción, aunque sean reales. No hay secuestros furtivos, ni desapariciones sin rastro. Aquí hay un sistema que cotidianamente administra la vulnerabilidad y pone a disposición del poder miles de cuerpos de niñeces en entornos de encierro o de supuesta protección. Eso es trata de personas y, cuando participan agentes del Estado o hay tolerancia institucional, se convierte en tortura.


Por qué es tortura y por qué es imprescriptible


La Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (CAT) define la tortura como todo acto por el cual se inflija intencionalmente a una persona dolores o sufrimientos graves, físicos o psíquicos, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla, de intimidarla o de coaccionarla, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia.


Los hechos que describimos encajan exactamente en esa definición:


Dolores o sufrimientos graves: la violencia sexual contra niños, niñas o adolescentes es, en sí misma, una de las formas más brutales de infligir sufrimiento físico y psíquico. La Corte Interamericana de Derechos Humanos señaló reiteradamente que la violación sexual y otras formas de violencia sexual constituyen tortura, especialmente cuando la víctima se encuentra en situación de vulnerabilidad y bajo custodia del Estado.


Intencionalidad: no hay negligencias aisladas. La trata ocurre dentro de un sistema donde el Estado y las iglesias entregan, facilitan y toleran que las infancias sean explotadas sexualmente, con pleno conocimiento y poder para sostener la trama y encubrir los crímenes.


Finalidad: no es solo la explotación económica, es también el castigo, la intimidación y la anulación de la voluntad de las víctimas. Es una forma de control absoluto sobre los cuerpos y las vidas de niños, niñas o adolescentes que son tratados como objetos para adultos.


Participación o aquiescencia estatal: la complicidad de funcionarios públicos, policías, personal de los hogares de Mejor Niñez y operadores judiciales no es un accidente. Es la aquiescencia que exige la definición de tortura para que el hecho se configure como un crimen de Estado. Cuando el Estado no protege, cuando mira hacia otro lado, cuando sus agentes participan o encubren, la violencia sexual se transforma en tortura, con la consecuencia jurídica fundamental: la tortura es un crimen de lesa humanidad cuando se comete como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil. El patrón sistemático de violencia sexual contra las infancias bajo tutela estatal y eclesial en Chile, documentado en incontables denuncias, informes policiales y del Congreso de la Nación y acreditado en numerosas causas lo confirma. Por lo tanto, las situaciones de trata dentro de espacios de tutela estatal o avalados por el Estado son imprescriptibles. No importa cuántos años hayan pasado: las víctimas tienen derecho a la justicia, y el Estado tiene la obligación de investigar, sancionar y reparar sin ampararse en el paso del tiempo para eludir la responsabilidad.


La justicia chilena frente a la evidencia


Las investigaciones sobre redes de trata que operaban desde hogares del SENAME, hoy Mejor Niñez, acumulan cientos de denuncias. Hay causas donde se acredita que funcionarios judiciales y policiales omitieron denunciar, destruyeron pruebas o facilitaron los circuitos de explotación. La complicidad no es individual. Es estructural.


Esta realidad vuelve ineludible la obligación de denunciar apenas se toma conocimiento de hechos de violencia sexual contra infancias. No hacerlo convierte al funcionario o a la persona adulta en parte del sistema que sostiene la trata y la tortura.


Nombrar para transformar


Hablar de explotación sexual en espacios comprometidos con el cuidado de niños, niñas y adolescentes expone un sistema que convierte la tutela en un mecanismo de poder,control y tráfico que opera impune. Hablar de abuso sexual no es suficiente para dimensionar la magnitud de semejante aparato. Hablar de violencia sexual es lo que pone el foco en la vulneración de derechos. Hablar de explotación sexual pone en evidencia la comercialización de los cuerpos despojados de toda protección. Y hablar de trata es la única vía para activar las herramientas legales, nacionales e internacionales para proteger  a las víctimas y obligar al Estado a investigar, sancionar y reparar.


Hablar de tortura derriba el mito de los casos aislados y sitúa a cada denuncia, a cada caso, donde corresponde: en el ámbito de los crímenes de lesa humanidad cometidos desde el aparato estatal y sus instituciones cómplices. Porque no hay plazo que limite los derechos de las víctimas.


Los casos de trata no son sólo historias lejanas de crimen organizado. La trata está en los hogares y centros de día, en las residencias, en los colegios católicos y las parroquias, y tiene cómplices con uniforme y con sotana. Reconocerla, y llamarla por su nombre es el primer paso para enfrentar la impunidad, y para que víctimas y sobrevivientes encuentren justicia, verdad y reparación.


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